viernes, 24 de junio de 2016

Derecho Azteca.

El derecho Azteca, al igual que la mayoría, se funda en la costumbre. Al hablar de derecho en la cultural nahua, se habla de su moral-jurídica. Miguel León Portilla, en su libro La filosofía náhuatl estudiada en sus fuentes hace referencia a las costumbres y a la forma como era aplicada la justicia por los sabios. La educación fuera de casa con los sabios, donde enseñaban a los ciudadanos a tener un “corazón robusto y firme como piedra” y a “ser verdaderos”:

Comenzaban a enseñarles:
Cómo han de vivir,
Cómo han de respetar a las personas,
Cómo se han de entregar a lo conveniente y recto,
Han de evitar lo malo,
Huyendo con fuerza de la maldad,
La perversión y la avidez.”

La base del derecho náhuatl es el respeto, nada hacían los habitantes que pudiera perjudicar a los otros, sin embargo, tenían una estructura jurídica bastante definida. A continuación hablaré de los aspectos más importantes del la misma:

Derecho público Azteca:

Si bien los nahuas tenían una estructura jurídica definida, esta no era uniforma, ya que el emperador, a menudo optaba por dejar que los pueblos subordinados conservaran su antigua forma de gobierno, esto siempre y cuando el tributo llegara de la forma convenida.

Hubo aproximadamente ochenta calputin (clanes), cada uno con propiedad colectiva de algunos terrenos, sus propias tradiciones y leyendas, endogamia y generalmente dedicados a una misma profesión. Éstos también eran unidades militares. Al principio el Calpullec (líder) era elegido por los habitantes, pero con el tiempo se volvió una cuestión hereditaria, después de ser asesorados por un consejo de ancianos. Hacia abajo los clanes estaban divididos en tlaxilacalli (calles); hacia arriba, agrupados en cuatro campans.  Todos los campans estaban sometidos a un mismo líder militar tenoch.

Hasta aquí vemos en la organización social del imperio azteca una similitud con la que tuvo en sus inicios el imperio romano.

La autoridad del tenoch estaba limitada a lo militar, y contaba con un consejo formado por los representantes de cada uno de los clanes. Con el paso del tiempo, la tradición del altiplano alcanzó al pueblo azteca, “una nación que se respeta necesita un rey, pero un rey de sangre tolteca noble, descendiente de Quetzalcóatl”. Fue así como los aztecas comenzaron a buscar un rey que tuviera la “gran tradición mágica” de la nobleza tolteca.  

Acamapichtli, fue nombrado jefe administrativo y militar, en 1373 y posteriormente, tlatoani. A partir de aquí se estructura el poder monárquico, el cual al principio, era transmitido al hijo predilecto, la cual termino con la llegada de Izcóatl al poder, con él se inicio una tercera etapa en la organización política del pueblo azteca.

Este nuevo rey, establece un principio en el que los nobles podían recibir tierras, las cuales eran trabajadas bajo un sistema de servicio obligatorio por los agricultores libres, en ocasiones trabajadas por los mayeques, o siendo explotadas bajo un sistema de arrendamiento; las tierras pasaban a sus descendientes. En cambio, los ciudadanos libres, pero no nobles, solo podían recibir tierras en usufructo, teniendo el deber de cultivarlas.

La sociedad azteca en los tiempos de la conquista se encontraba en una transición, iba de la propiedad comunal a las primeras formas de propiedad privada.

Clases sociales en el imperio azteca.

En la sociedad azteca, la nobleza era hereditaria, sin embargo, había privilegios que dependían del cargo individual que la persona tenía. A pesar del carácter hereditario, los plebeyos podían llegar a ser nobles, por sus hazañas bélicas. Los sacerdotes fueron importantes, había dos clases: Supremos sacerdotes y sacerdotes inferiores; los primeros, estaban ligados a la corte y participaban en las decisiones políticas más importantes; los sacerdotes inferiores, por otro lado, se dedicaban al culto y a la educación de los nobles.

Los comerciantes tenían una situación privilegiada. Se encontraban también en la organización social los agricultores comunes y los artesanos, entre los cuales era un rango más alto el de artesano, ya que éstos eran sometidos a un examen y tenían una educación en el arte, en la famosa academia de Texcoco. Un escalón más abajo, nos encontramos con el agricultor ordinario, el cual trabajaba la tierra de uso común por un lapso de dos años.

La esclavitud se daba de diversas formas: De la guerra, de la venta de un hijo, siempre y cuando el padre tuviera una autorización y solo se daba en caso de miseria extrema, comprobando que el padre tenía más de cuatro hijos; cuando los plebeyos decidían venderse a sí mismos, en caso de tener deudas que no podían pagar, este procedimiento se hacía frente a cuatro testigos de cada una de las partes; y la derivada de un juicio por varios delitos.

La esclavitud podía terminar en caso de matrimonio con el dueño o por autorrescate por medio de pago.

Guerra.

La guerra tenía una reglamentación entre el pueblo azteca, excluyendo el caso de los ataques sorpresas. La declaración se hacía por el emperador, después de una consulta previa con los ancianos y guerreros, en la mayoría de los casos. La declaración se hacía mediante tres notificaciones, con un intervalo de veinte días entre cada una de ellas. Después de enviada la primera notificación, el emperador azteca daba la opción de “curarse en salud”, esto quiere decir que el pueblo podía elegir someterse y pagar el tributo debido al emperador azteca, evitando la guerra, en caso de no hacerlo tenía tiempo hasta la última notificación para prepararse para enfrentar a los aztecas.

La guerra no solo tenía como objetivo el acumular tributos, sino que también se usaba para tener víctimas para satisfacer la sed de sus dioses, los cuales necesitaban sacrificios para seguir apoyando al pueblo en sus hazañas militares. Estos sacrificios dieron origen a fiestas canibalescas, bajo la creencia de que al comer al enemigo se absorbía su fuerza.

 La guerra indujo a la celebración de tratados entre los pueblos en los que ambas partes se declaraban dispuestas a hacerse periódicamente una “guerra florida”, la cual consistía en un ritual donde se llevaban a cabo combates y se capturaban prisioneros de ambos bandos para ser sacrificados.

Derecho penal azteca.

El derecho penal azteca, al igual que la mayoría de los derechos penales precortesianos, era muy sangriento. La pena de muerte era la sanción más corriente, llevándose a cabo de forma cruel.
“Las formas utilizadas para la ejecución fueron la muerte en hoguera, el ahorcamiento, ahogamiento, apedreamiento, azotamiento, muerte por golpes de palos, el degollamiento, empalamiento y desgarramiento del cuerpo; antes o después de la muerte hubo aditivos infamantes.”

Para crímenes menores las penas fueron la esclavitud, mutilación, destierro, encarcelamiento, destrucción de la casa, y para  penas más ligeras, pero que entre los aztecas era considerado como una enorme vergüenza, se encuentra el cortar o quemar el cabello.

En caso de que el crimen fuera muy grave, las penas se extendían a los parientes del culpable hasta el cuarto grado.

Si un noble cometía un crimen el castigo era incluso peor, ya que en una sociedad donde la base de su derecho era el respeto, las personas de mayor rango en su organización social debían poner el ejemplo.

Procedimiento legal.

El procedimiento era oral. El proceso debía durar ochenta días como máximo. Eran los tepantlatoanis, los encargados de llevar a cabo los juicios. En ellos se llevaba a cabo una presentación de pruebas testimonial, confesional, presunciones, careos y, en algunos casos, el juramento liberatorio. Entre más grave era el crimen, el juicio era más sumario, con menos oportunidad para la defensa.


La sociedad azteca tuvo una organización en muchos aspectos parecida a las sociedades europeas, sobre todo, al imperio romano.  Si bien nos encontramos frente a una organización digna de ser admirada por los conquistadores con la conquista el pueblo tuvo que dejar de lado sus costumbres, sus procedimientos legales, su forma de educar, la consecuencia fue que entre más poder tenían los españoles sobre los aztecas, éstos iban dejando de lado las enseñanzas de los sabios nahuas. Ya lo decía Alonso de Zurita:

“Preguntando a un indio principal de México qué era la causa porque ahora se habían dado tanto los indios a pleitos y andaban tan viciosos dijo: Porque ni vosotros nos entendéis, ni nosotros os entendemos, ni sabemos qué queréis. Habéisnos quitado nuestra buena orden y maneja de gobierno; y la que nos habéis puesto no la entendemos, e ansí anda todo confuso y sin orden y concierto. Los indios hanse dado a pleitos porque los habéis vosotros impuesto en ellos, y síguense por lo que les decís, e ansí nunca alcanzan lo que pretenden, porque vosotros sois la ley y los jueces y las partes y cortáis en nosotros por donde queréis, y cuándo y cómo se os antoja. Los que están apartados que no tratan con vosotros, no traen pleitos y viven en paz; y si en tiempo de nuestra gentilidad había pleitos, eran muy pocos, y se trataba mucha verdad e se acababan en breve porque no había dificultad para averiguar cuál de las partes tenía justicia, ni sabían poner las dilaciones y trampas de ahora.”

Lo que lleva a cuestionar si la organización social de los españoles era mejor en algún aspecto que la azteca.

Bibliografía.

La Filosofía Náhuatl estudiada en sus fuentes,  Miguel León Portilla.

Introducción a la historia del derecho mexicano, Guillermo F. Margadant S.


No hay comentarios:

Publicar un comentario